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jueves, 19 de junio de 2008

Premeditadamente anticonstitucional


Álvaro Cepeda Neri

Es muy cierto que Calderón y los de la elite calderonista son egresados de la Escuela Libre de Derecho, fundada por los últimos porfiristas del ala derechista-conservadora y cuyo primer director fue el ultra Jorge Vera Estañol; son educados en el seudoderecho natural o jusnaturalismo para combatir al Estado como estructura jurídica de derecho positivo y escrito, que hace posible los fines (a partir de las constituciones de 1857 y 1917) democráticos, republicanos y laicos para la tarea de constituir una sociedad abierta. El primer rector de la Libre de Derecho (repárese en lo de libre... ¡del derecho!), Luis Méndez, fijó la ideología para profesores y alumnos: "Dios, autor de las buenas leyes e inspirador de las buenas obras, haga que esta institución viva y prospere".

Las "materias grises" que a marchas forzadas redactaron las cinco partes de la iniciativa (de contrarreforma a la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos), siguiendo los lineamientos de Calderón, Germán Martínez, Daniel Cabeza de Vaca, Javier Lozano Alarcón y la bendición de Morales Lechuga –actual rector de la Libre de Derecho, dentro de cuyos muros se fraguó la contrarreforma–, tuvieron la genial idea de sacarle la vuelta a la Constitución, respecto a lo dispuesto en sus artículos 25, 27 y 28, para así andar cacareando que no se tocaría a la ley fundamental y simular que no hay intención de reformarla ni de privatizar la explotación y comercialización de ese recurso no renovable, que "nos escrituró el Diablo" y que los panistas, mediante sus exorcismos, quieren entregarlo a los empresarios extranjeros y a los que encabeza la familia de Mouriño Terrazo.

Salvo que tras el debate –conquistado en el estira y afloja de una parte de la oposición legislativa (Partido del Trabajo, Convergencia y la mayoría de las facciones del Partido de la Revolución Democrática)– y el toma y daca contra el Partido Acción Nacional, el Partido Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, más el Nueva Alianza, se eche abajo, totalmente, la contrarreforma calderonista y se presente una reforma democrática y republicana para apuntalar la propiedad del petróleo (y demás fuentes energéticas) a favor de la nación mediante el Estado, como lo exige la Constitución, no será necesario recurrir, simultáneamente, a las dos vías para decidir sobre la constitucionalidad de la contrarreforma. De lo contrario, la oposición y los ciudadanos tendrán que presentar, ante la Suprema Corte, como tribunal constitucional, la controversia y las demandas de amparo para impugnarla y que ese órgano colegiado resuelva judicialmente. La otra vía es la del juicio político, porque Calderón ha presentado ante el Congreso una iniciativa premeditadamente anticonstitucional.

Las cinco partes de la iniciativa para contrarreformar la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos conducen a la privatización o, al menos, a una semiprivatización que le arrebataría ese patrimonio a la nación y marginaría a los órganos federales del Estado de su administración, legislación y resolución judicial (propone Calderón que los tribunales internacionales se encarguen de esos problemas). Calderón, cuando menos, presume de tener una licenciatura en derecho... ¡natural!, que de todas maneras no lo exime de saber que su propuesta, al sacarle la vuelta a la Constitución para dizque no modificar en nada el artículo 27, es pura simulación. Y por eso pasan por encima de la Constitución, como derecho positivo vigente. Sus leyes reglamentarias no deben ir más allá de lo establecido en los 136 artículos de la norma constitucional, ni en lo procesal ni en sus contenidos o fines.

Sin embargo, la propuesta derechista y conservadora de Calderón (con Mouriño como el poder empresarial tras el trono sexenal) busca ir más allá de los principios sancionados por nuestra ley fundamental, para desnacionalizar el patrimonio petrolero y ponerlo en manos de inversionistas: explotación y comercialización de capitales trasnacionales y del "capitalismo de rapiña" nativo, en el esquema de una "modernización" que despoje a la nación, al Estado y a la sociedad, de un recurso no renovable que con todo y los biocombustibles todavía es vital para la economía mundial.

Los panistas-calderonistas, políticamente conservadores y, convictos y confesos, afiliados al neoliberalismo económico –fundamentalistas religiosos y creyentes del derecho natural para servir a su dios y al libre mercado empresarial–, por conducto de Calderón, como titular del Poder Ejecutivo en funciones de presidente, a sabiendas, a pesar de su jusnaturalismo, de que su haz de cinco partes de la iniciativa es anticonstitucional, fue presentada al poder Legislativo (éste puede y debe constituirse en cámara acusadora y la otra en tribunal para el caso de juicio político) y ha de ser rechazada en su totalidad y, en última instancia, llevada ante la cúpula del Poder Judicial Federal para que éste con sus facultades de tribunal constitucional conozca la inconstitucionalidad de la contrarreforma.

Calderón transita en el filo de ser destituido por causa grave: traición a la patria, ya que pretende interrumpir la vigencia de la Constitución, en lo dispuesto por su artículo 27, privatizando la riqueza –ya muy mermada por la corrupción y el abuso presidencial para saquearla– de los yacimientos y la industria petrolera. Es a todas luces anticonstitucional su propuesta y la debe conocer el tribunal constitucional para que jurídicamente se establezca esa anticonstitucionalidad con la que el PAN y Calderón, con sus corifeos, cómplices y socios, quieren privar a la nación de ese patrimonio expropiado en 1938, por decisión y apoyo patriótico del pueblo que respaldó la determinación política, democrática y republicana de Lázaro Cárdenas. Necesitamos, pues, una segunda expropiación a 70 años de la primera. La alternativa es: contra la Constitución o con ella.

cepedaneri@prodigy.net.mx

Revista Contralínea / México
Fecha de publicación: 15 de junio de 2008 | Año 7 | No. 104

martes, 13 de mayo de 2008

Iniciativa energética permite violar la Constitución: CCS


En su participación en el debate sobre la reforma energética, el fundador del PRD acusó al gobierno de Calderón de presentar un diagnóstico “falaz, pretendidamente catastrófico” de Pemex.

La Jornada On Line
Publicado: 13/05/2008 12:22

México, DF. Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano sostuvo hoy martes que la propuesta de reforma petrolera presentada por el Ejecutivo en el mes pasado no propone reformar la Constitución, pero “simplemente, sin alterar su texto, se alienta y se está dispuesto a permitir su violación”.

Al participar en el debate sobre energía, con el primer tema "Los principios que deben regir la reforma energética en México", Cárdenas sostuvo que el artículo cuarto de esta iniciativa, de aprobarse, abriría el paso franco para la violación de la Constitución, lo cual, aseveró, “resulta tanto y más grave todavía que reformarla”.

Argumentó que a través de las reformas propuestas por el Ejecutivo a la ley reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, se pretende cambiar el marco regulatorio que actualmente rige a la industria petrolera.

Agregó que el diagnóstico ofrecido por la Secretaría de Energía (Sener) sobre Pemex y la industria petrolera presenta una “visión falaz, pretendidamente catastrófica de Pemex y las actividades que realiza, destacando supuestas ineficiencias y carencias en su capacidad de ejecución, falta de recursos para invertir e indisponibilidad de tecnologías para el trabajo en aguas profundas”.

Sin embargo, apunta que el diagnóstico no ofrece “las razones de cómo y por qué se llegó a esta indebida situación”.

Aseveró que el gobierno debió presentar más bien una propuesta de plan de desarrollo, plan de trabajo o plan de negocios de Petróleos Mexicanos y de la industrias petrolera y energéticas, y señalar con precisión las actividades a realizar, su dimensión y los tiempos de ejecución y los recursos necesarios para ello.

Estableció que proporcionar esta información es obligación del gobierno “y contribuiría de manera positiva al debate petrolero”.

Sostuvo que los objetivos, a su juicio, que deberían asignarse a Pemex “son los devolver a la industria petrolera y Pemex mismo el papel de impulsores del crecimiento económico y la industrialización, motores de la formación de capital nacional, proveedores de energéticos baratos para la economía del país, contribuyentes a una balanza de pagos sana, convirtiendo a Pemex con esa visión en un ente productivo de alcances globales, que obtenga sus ingresos principales de la venta de productos con alto valor agregado, tecnología y capacidad empresarial".

domingo, 20 de abril de 2008

ISA Servicio informativo núm. 401

Ciudad de México, 20 de abril de 2008
Servicio informativo núm. 401

http://serviciodenoticiasisa.blogspot.com

INCONSTITUCIONAL LA LEY REGLAMENTARIA DEL 27 CONSTITUCIONAL QUE PROPONE CALDERÓN: MARIO DI COSTANZO

El pasado 19 de abril, en entrevista radiofónica, Andrés Manuel López Obrador habló de la posibilidad de aceptar reformas en Petróleos Mexicanos, siempre y cuando se cumplieran tres condiciones: “si no se viola la Constitución, si no hay privatización y si no se alienta la corrupción en Pemex, nosotros no tenemos ningún problema, no tenemos nada que objetar”, señaló entonces el presidente legítimo de México.

A continuación reproducimos un texto que analiza precisamente una de esas circunstancias, la intención de violación a la Constitución mediante las reformas a leyes reglamentarias. Su autor es el secretario de la Hacienda Pública del gobierno legítimo, Mario di Costanzo.

Nuestra Constitución Política establece claramente en sus artículos 25, 27 y 28, que sólo la Nación podrá explotar el petróleo; para ello, no sólo prohíbe de manera explícita el hecho de que el Estado otorgue concesiones o contratos en esta materia, sino ordena que sea éste el que lleve a cabo su explotación; de esta manera, el artículo 27 establece textualmente que: “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva”.

Más aún, lo anterior tiene una razón de existir y es que el Constituyente se dio cuenta del carácter estratégico que para la Nación tienen tanto el petróleo como otras actividades, mismas que define claramente en el artículo 28 de nuestra Carta Magna, siendo éstas las de: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; electricidad, y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso.

Todavía más, reiterando el carácter estratégico de las actividades mencionadas, la Carta Magna establece en su artículo 25 que “el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan”.

Esto quiere decir que en cualquier organismo que se cree para llevar a cabo las actividades estratégicas, el gobierno tiene que mantener la “propiedad y control”, lo que podría sugerir, incluso, la imposibilidad de otorgarle la autonomía a Pemex, en virtud de las restricciones que impone, el artículo 25 constitucional.

Por estas razones, y a pesar de que en el artículo 28 constitucional, se establece que en México quedan prohibidos los monopolios, el párrafo 4º del citado ordenamiento establece claramente lo siguiente: “No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión”.

De esta manera, resulta claro que el espíritu de la Constitución Política y de los artículos 25, 27 y 28 constitucionales son los de reservar de manera exclusiva al Estado todas las actividades relacionadas con el petróleo, sin otorgar concesiones de ninguna especie, tal y como lo refiere actualmente la Constitución Política y la propia ley reglamentaria del artículo 27 constitucional, que señala que “sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos, que constituyen la industria petrolera”.

Por estas razones, es que en el caso de las reformas a “leyes secundarias” que años atrás se llevaron a cabo en materia de energía eléctrica, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México ha concluido que las reformas llevadas a cabo a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y a su Reglamento contravienen lo dispuesto en el artículo 27 constitucional: es decir, que sobrepasan lo establecido en la Constitución, que es la Ley Suprema.

Es claro que en el caso de la propuesta de Reforma a la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional, enviada por Felipe Calderón, se busca contravenir el principio de “actividad estratégica” del petróleo, pero también “sobrepasar o quitar la exclusividad del Estado en materia de explotación de petróleo”.

La propuesta del gobierno espurio enviada recientemente al Senado de la República viola flagrantemente nuestra Constitución Política, ya que el artículo 27 de nuestra Carta Magna establece claramente que, tratándose de petróleo, no puede haber concesiones ni contratos y, por lo tanto, sólo la Nación llevara a cabo su explotación.

Mediante una estrategia mentirosa e ilegal, están proponiendo reformar el artículo 4 de la ley reglamentaria del 27 constitucional, para que los privados, mediante un régimen de permisos administrativos, puedan participar en las actividades de transporte, almacenamiento y distribución de los productos derivados de la refinación, del gas y de la petroquímica básica.

Pero también, mañosamente, la propuesta establece en el artículo mencionado que; Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios podrán contratar con terceros los servicios de refinación de petróleo.

Así, resulta claro que el propósito es dejar a Pemex como simple proveedor de petróleo, es decir, un abastecedor de primera mano, y privatizar toda la cadena de valor de la industria.

Esto no sólo implica entregar nuestra renta petrolera, sino también regalar de toda la cadena de valor agregado de la industria.

Así, por ejemplo, el artículo cuarto de la Ley Reglamentaria del 27 constitucional, establece actualmente lo siguiente:

Artículo 4o. La Nación llevará a cabo la exploración y la explotación del petróleo y las demás actividades a que se refiere el artículo 3o., que se consideran estratégicas en los términos del artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.

Salvo lo dispuesto en el artículo 3o., el transporte, el almacenamiento y la distribución de gas podrán ser llevados a cabo, previo permiso, por los sectores social y privado, los que podrán construir, operar y ser propietarios de ductos, instalaciones y equipos, en los términos de las disposiciones reglamentarias, técnicas y de regulación que se expidan.

El transporte, el almacenamiento y la distribución de gas metano, queda incluida en las actividades y con el régimen a que se refiere el párrafo anterior.

Cuando en la elaboración de productos petroquímicos distintos a los básicos enumerados en la fracción III del artículo 3o. de esta Ley se obtengan, como subproductos, petrolíferos o petroquímicos básicos, éstos podrán ser aprovechados en el proceso productivo dentro de las plantas de una misma unidad o complejo, o bien ser entregados a Petróleos Mexicanos o a sus organismos subsidiarios, bajo contrato y en los términos de las disposiciones administrativas que la Secretaría de Energía expida.

Las empresas que se encuentren en el supuesto a que se refiere el párrafo anterior tendrán la obligación de dar aviso a la Secretaría de Energía, la cual tendrá la facultad de verificar el cumplimiento de las citadas disposiciones administrativas y, en su caso, imponer las sanciones a que se refiere el artículo 15 de esta Ley.

Sin embargo, la iniciativa de Calderón, propone que quede en los siguientes términos:

Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios y los sectores social y privado, previo permiso, podrán realizar las actividades de transporte, almacenamiento y distribución de gas, de los productos que se obtengan de la refinación de petróleo y de petroquímicos básicos.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios podrán contratar con terceros los servicios de refinación de petróleo. Dicha contratación no podrá, en modo alguno, transmitir la propiedad del hidrocarburo al contratista, quien tendrá la obligación de entregar a Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios todos los productos y residuos aprovechables que resulten de los procesos realizados.

Las personas que pretendan realizar las actividades o prestar los servicios a que se refieren los dos párrafos anteriores, podrán construir, operar y ser propietarios de ductos, instalaciones y equipos, en los términos de las disposiciones reglamentarias, técnicas y de regulación que se expidan.

El gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, se sujetará a las disposiciones aplicables de transporte, almacenamiento y distribución de gas.

Las empresas que se encuentren en el supuesto a que se refiere el párrafo anterior tendrán la obligación de dar aviso a la Secretaría de Energía, la cual tendrá la facultad de verificar el cumplimiento de las citadas disposiciones administrativas y, en su caso, imponer las sanciones a que se refiere el artículo 15 A de esta Ley.

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