miércoles, 17 de septiembre de 2008

ISA Servicio informativo núm. 522

Ciudad de México, 17 de septiembre de 2008
Servicio informativo núm. 522

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Sumario:

I. Comunicado de la AMEDI sobre el Acuerdo del gobierno federal para otorgar frecuencias de FM a radiodifusores que ya tienen estaciones en AM

II. Gira de López Obrador por 23 municipios jaliscienses

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COMUNICADO DE LA AMEDI SOBRE EL ACUERDO DEL GOBIERNO FEDERAL PARA OTORGAR FRECUENCIAS DE FM A RADIODIFUSORES QUE YA TIENEN ESTACIONES EN AM

El acuerdo de la SCT para asignar frecuencias de FM a radiodifusores que ya cuentan con AM constituye una nueva expresión de sometimiento del gobierno federal a los consorcios de radiodifusión. Es una deplorable acción de oportunismo político que utiliza el espectro radioeléctrico para hacer política electoral.

Se trata de una serie de medidas administrativas que soslayan muchas de las disposiciones que el año pasado estableció la Suprema Corte de Justicia acerca de la necesidad de poner a licitación toda nueva asignación y refrendos de concesiones para radio y televisión. Aunque aparentemente establece la sustitución de una frecuencia por otra, el “Acuerdo por el que se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio y que operan en la banda de Amplitud Modulada, a fin de optimizar el uso, aprovechamiento y explotación de un bien del dominio público en transición a la radio digital”, publicado el 15 de septiembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, en realidad implica la adjudicación de una nueva concesión, adicional a la que ya tienen los empresarios con frecuencias en AM.

A diferencia de lo que se empeñan en señalar las autoridades de la SCT, y que algunos medios de comunicación han trasladado tal cual a sus lectores, sin la más mínima revisión del Acuerdo, lo que ahí se establece cierra la posibilidad de nuevos entrantes en la banda de Frecuencia Modulada, saturando esa porción del espectro con los mismos operadores y reproduciendo la concentración de cientos de frecuencias en una docena de radiodifusores.

1. Los radiodifusores que ya tienen una concesión en Amplitud Modulada, podrán recibir otra en Frecuencia Modulada sin que necesariamente tengan que concursar por ese nuevo canal. Nos parece inadecuado que los particulares que ya disfrutan de una concesión para explotar un bien que es propiedad de la Nación sean autorizados, solamente por ese hecho, a tener una concesión adicional en la banda de FM. No es cierto, como se enuncia en el Acuerdo, que se trate de un cambio de frecuencia, mucho menos que el objetivo sea introducir una nueva tecnología. La FM no es una nueva tecnología.

2. Esa frecuencia adicional aparentemente les sería entregada a esos radiodifusores solamente por un año, mientras se realiza el tránsito de la transmisión en AM a la que efectuarán en FM. No es así, pues si se revisa con detenimiento el artículo sexto del Acuerdo hay un primer plazo de un año para empezar a operar y otro año operando. Sin embargo lo más delicado del Acuerdo es el artículo 6º al establecer una salvedad, que fácilmente podrá convertirse en regla de aplicación general, cuando señala que el beneficiario de la nueva concesión estará obligado a transmitir en ambas frecuencias durante un año, “salvo que en la cobertura de la estación de AM se encuentren poblaciones que únicamente reciben el servicio de AM”.

Uno de los atributos de la banda de AM es la cobertura que alcanza, mayor a la que tiene la FM. Por eso en muchos casos, si no es que en todos, la sustitución de AM por FM dejaría fuera del radio de las transmisiones a poblaciones pequeñas. Ese sería motivo para que el concesionario mantuviera indefinidamente la frecuencia de Amplitud Modulada además de la de FM. El Acuerdo de la SCT no busca reemplazar una frecuencia por otra, sino entregar a los concesionarios un nuevo canal. La excepción establecida en el artículo 6º. del Acuerdo es un subterfugio para que los radiodifusores mantengan la nueva concesión de FM, al menos durante todo el tiempo para el cual les fue adjudicada la concesión de AM que ahora tienen.

3. El Acuerdo, al establecer procedimientos para que quienes ya tienen frecuencias en una banda las tengan en otra, reproducirá el actual esquema de radiodifusión que concentra muchos canales en pocas manos. Los mismos empresarios que ya se benefician con frecuencias de radiodifusión, serán quienes puedan acceder a esa nueva prerrogativa.

Esta es quizá la parte más cuestionable de esta medida, pues si bien es cierto que la AMEDI se manifestó por buscar una medida que auspiciara un tránsito menos costoso hacia la tecnología digital a las frecuencias de AM, expresamos con toda claridad que debían cumplirse los criterios de la SCJN en la acción de inconstitucionalidad sobre la Ley Televisa, y que cualquier esquema que facilitara esa conversión debía inscribirse en el marco de una reforma integral de la radio y la televisión, así como dirigirse única y exclusivamente a los permisionarios y a los pequeños empresarios de AM, quienes desempeñan una labor social importante a las comunidades que sirven.

Por el contrario el Acuerdo beneficia en mayor medida a los que más tienen. Los grupos más beneficiados son Radiorama, ACIR, Radio Fórmula, OIR, ABC-OEM, RASA y Grupo Imagen, llevándose sólo entre estos siete grupos radiofónicos, 222 estaciones adicionales en FM a las que ya tienen en AM.

4. La SCT, en su Acuerdo, dice que la migración de AM a FM pretende mejorar la calidad del sonido que reciben los radioescuchas, para que sea “similar al obtenido con los discos compactos”. Nos parece que esa es una causa insuficiente para disponer de un bien limitado como es el espectro mediante la adjudicación de nuevas concesiones a quienes ya tienen otras. Esa decisión no favorece el servicio público, ni mejora la calidad de los contenidos que reciben los radioescuchas. Es fundamentalmente una solución parcial a un problema económico de los empresarios de las AM que en nada beneficia a los ciudadanos.

5. El auténtico motivo de la SCT para establecer tales medidas, es el propósito de favorecer los rendimientos económicos de quienes ya tienen concesiones. Los Considerandos del Acuerdo indican, con toda claridad, que a esa Secretaría le parece “conveniente otorgar la posibilidad a aquellos concesionarios que operan en la banda de AM, de solicitar el cambio para operar en la banda de FM, a fin de allegarse de los recursos necesarios para, en un futuro, migrar al estándar digital que se determine en su momento”.

6. Además de atender a las inquietudes particulares, la SCT hace suyas la información y los argumentos de los radiodifusores. En la Exposición de Motivos del Acuerdo se incorporan datos de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión para asegurar que las estaciones de FM venden más publicidad y tienen más audiencia que las estaciones de AM. Esos datos son discutibles pero, en todo caso, resulta deplorable que el gobierno federal no cuente con información completa, confiable y pública acerca de la situación financiera y especialmente acerca de las audiencias de las estaciones concesionadas.

El Acuerdo está plagado de información controvertible, o de plano falsa. Allí se asegura, por ejemplo, que la inestabilidad en las señales de radiodifusión en la banda de AM es tal que durante las noches, resulta necesario que 96 emisoras “suspendan completamente su operación”. Sería interesante conocer las siglas y la ubicación de esas estaciones.

7. Para determinar el estándar digital –es decir, el tipo de sistema que asumirá la radio digital en México– se han realizado numerosas pruebas y deliberaciones. Hasta ahora, ni entre los radiodifusores ni entre los especialistas hay consenso acerca del protocolo tecnológico que le conviene a nuestro país. Durante varios años se han examinado fundamentalmente dos opciones, el sistema estadounidense denominado IBOC, que transmite en las bandas de FM y AM, y el sistema europeo llamado Eureka que aprovecha otras bandas del espectro radioeléctrico.

Sin embargo en este Acuerdo, de manera indirecta pero que no deja lugar a dudas, el gobierno mexicano admite que ya ha decidido implantar en todo el país el modelo de radiodifusión digital estadounidense. El artículo séptimo de ese documento instruye a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a llevar “a cabo los trabajos correspondientes para determinar el estándar de radio digital que se utilizará en la banda de FM”. Y en esa banda no funciona el estándar europeo Eureka, sino el estadounidense IBOC.

8. El gobierno federal, a través de la SCT, ha definido el estándar digital y el Acuerdo mismo sin tomar en cuenta a todos los actores de la radiodifusión y a todos los interesados que hay en ese tema dentro de la sociedad mexicana. Otra vez, igual que en el pasado reciente, los asuntos relacionados con los medios de comunicación son resueltos, si bien precaria e desmañadamente, a través de medidas administrativas y políticas que el gobierno federal toma de espaldas a la sociedad. Nos parece profundamente lamentable esta actitud del gobierno del presidente Felipe Calderón que, remedando una de las más aciagas costumbres de su antecesor, vuelve a poner un segmento del patrimonio nacional –las franjas del espectro radioeléctrico en donde se difunden las señales de radiodifusión– al servicio de los consorcios comunicacionales.

9. El Acuerdo indica que la Comisión Federal de Competencia deberá aprobar las solicitudes para nuevas concesiones en AM que presenten quienes ya tengan más de una estación de AM o FM en la misma zona. Sin embargo no establece parámetros para que la Cofeco determine cuándo habría una concentración inadecuada en el mercado radiofónico. En ausencia de reglas claras, se abre la puerta a la discrecionalidad. Esa facultad resulta especialmente preocupante en vista del desempeño reciente de la Comisión Federal de Competencia, que ha facilitado la expansión del consorcio Televisa en el mercado de la televisión por cable.

10. También discrecional, y de consecuencias políticas muy riesgosas, es la atribución que se le otorga a la Secretaría de Gobernación para “corroborar la idoneidad del solicitante”. Esa es, además, una medida absurda: si los únicos que pueden solicitar frecuencias de FM en los términos de este Acuerdo son radiodifusores que ya tienen concesiones de AM, ¿puede pensarse que entre ellos no hay quienes tengan “idoneidad” suficiente? De ser así, el gobierno tendría que cancelarles ahora mismo sus actuales concesiones. ¿Por qué no ubicar como criterio, en todo caso, la revisión de su expediente en materia de cumplimiento de la ley?

11. El Acuerdo de la SCT tiene ventajas importantes en comparación con la iniciativa de Ley que, en junio pasado, presentaron varios senadores del PRI para otorgar frecuencias en FM a quienes ya tienen estaciones en AM. Una de las principales diferencias es que en el Acuerdo gubernamental no se discrimina a las instituciones que tienen permisos de radiodifusión –es decir, autorizaciones para radio no comercial–, como sucede en la iniciativa de esos legisladores que solamente favorece a las estaciones concesionadas. Sin embargo, como no establece mecanismos para favorecer las solicitudes de estaciones permisionadas, el Acuerdo termina protegiendo el interés de las empresas comerciales y no el de la radiodifusión pública.

Incluso debe anotarse que en el artículo sexto del acuerdo, referido a las poblaciones donde no haya suficiente espectro, se manda tanto a concesionarios como permisionarios a procesos de licitación, lo que nos parece inadecuado en el caso de los permisionarios que no sólo no tienen la posibilidad de ingresos publicitarios, sino que dependen de presupuestos públicos o donativos sociales, como es el caso de los medios públicos operados por Gobiernos Estatales, municipales, universidades, comunidades indígenas, comunidades rurales, asociaciones civiles, etc.

Consideramos que a diferencia de lo que hacía la iniciativa de los Senadores del PRI, de privilegiar a las empresas privadas, el Acuerdo debió optar preferentemente por la radiodifusión pública en esta transición considerando su función social, ya que los empresarios, con mayores recursos, podrán ser beneficiarios de los canales de FM, saturando la banda y alejando la posibilidad para que las permisionarias puedan acceder a esas frecuencias.

12. También es adecuado que se reconozca, en atención a las decisiones de la Corte en junio de 2007, que “el Estado tiene derecho a recibir una contraprestación por el uso del espectro radioeléctrico”. El señalamiento, en el artículo 4º, de los parámetros que habrían de tomarse en cuenta para definir el monto de esa contraprestación que pagarían los concesionarios que recibieran una nueva frecuencia, constituye un precedente destacado para nuevos procesos de licitación. Sin embargo, son tan benevolentes con la condición del radiodifusor que este factor también podría favorecer la discrecionalidad.

13. El Acuerdo de la SCT surge en el vacío que han dejado la negligencia y el estancamiento que ha mantenido el Poder Legislativo respecto del régimen jurídico para los medios de comunicación en México. Si el Congreso de la Unión hubiera cumplido con la obligación que tiene para expedir una nueva ley de Radiodifusión y Telecomunicaciones, el país no estaría padeciendo las secuelas de ocurrencias y conveniencias de funcionarios federales como las que se manifiestan en este Acuerdo.

14. Este nuevo despropósito del gobierno federal, en complaciente avenencia con los empresarios más influyentes en la radiodifusión, confirma la urgencia para que el Poder Legislativo, sin dilaciones ni desasosiego, apruebe una ley integral, capaz de propiciar que la convergencia tecnológica beneficie al interés público y no a quienes lo han usufructuado y suplantado mediáticamente.

México D.F., 17 de septiembre de 2008

Asociación Mexicana de Derecho a la Información
Javier Corral Jurado
Presidente

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GIRA DE LÓPEZ OBRADOR POR 23 MUNICIPIOS JALISCIENSES

A partir de mañana y hasta el domingo, 21 de septiembre, el presidente legítimo de México, Andrés Manuel López Obrador, iniciará la gira de trabajo por 23 municipios de Jalisco.

Mañana, 18 de septiembre, el presidente legítimo de México acudirá a visitar a los municipios de Tonila, Pihuamo, Jilotlán de los Dolores, Tecalitán, Tamazula de Gordiano y Tuxpan. Para el viernes, 19 de septiembre, Andrés Manuel López Obrador recorrerá los municipios de Tonaya, Tuxcacuesco, Zapotitlán de Vadillo, Copala, San Gabriel y Sayula. El sábado, 20 de septiembre, el presidente legítimo de México tiene contemplado sostener reuniones informativas con los habitantes de los municipios de Zapotiltic, Gómez Farías, Tapalpa, Atemajac de Brizuela, Zacoalco de Torres, y Teocuitatlán de Corona. Para el domingo, 21 de septiembre, Andrés Manuel López Obrador, visitará los municipios de Atoyac, Amacueca, Techaluta, Juanacatlán y El Salto.

El siguiente es su programa de asambleas informativas.

Jueves 18 de septiembre de 2008
10:00 horas Mitin en Tonila
11:20 horas Mitin en Pihuamo
13:30 horas Mitin en Jilotlán de los Dolores
16:20 horas Mitin en Tecalitán
17:30 horas Mitin en Tamazula de Gordiano
18:40 horas Mitin en Tuxpan

Viernes 19 de septiembre de 2008
10:00 horas Mitin en Tonaya
11:20 horas Mitin en Tuxcacuesco
12:50 horas Mitin en Zapotitlán de Vadillo
14:00 horas Mitin en Copala
16:30 horas Mitin en San Gabriel
18:00 horas Mitin en Sayula

Sábado 20 de septiembre de 2008
10:00 horas Mitin en Zapotiltic
11:10 horas Mitin en Gómez Farías
12:50 horas Mitin en Tapalpa
14:10 horas Mitin en Atemajac de Brizuela
16:30 horas Mitin en Zacoalco de Torres
17:30 horas Mitin en Teocuitatlán de Corona

Domingo 21 de septiembre de 2008
10:00 horas Mitin en Atoyac
11:10 horas Mitin en Amacueca
12:20 horas Mitin en Techaluta
16:00 horas Mitin en Juanacatlán
17:00 horas Mitin en El Salto

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