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sábado, 12 de julio de 2008

ISA Servicio informativo núm. 474

Ciudad de México, 12 de julio de 2008
Servicio informativo núm. 474

Sumario:

I. Llaman dirigentes sociales y políticos a impulsar un plan de acción emergente por la amnistía general y la libertad de los presos y la presentación de los desparecidos políticos

II. “Estamos preparados y no vamos a permitir que se viole la Constitución, que se privatice la industria petrolera y que se profundice la corrupción”: AMLO

III. La nueva Ley del ISSSTE está plagada de ilegalidades que dañan gravemente a las instituciones del país, declara el gobierno legítimo de México
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LLAMAN DIRIGENTES SOCIALES Y POLÍTICOS A IMPULSAR UN PLAN DE ACCIÓN EMERGENTE POR LA AMNISTÍA GENERAL Y LA LIBERTAD DE LOS PRESOS Y LA PRESENTACIÓN DE LOS DESPARECIDOS POLÍTICOS

Al Frente Nacional Contra la Represión:
Al Diálogo Nacional:
Compañeros y compañeras:

Resulta evidente que pese a que hay una creciente movilización social y reclamo de derechos, al mismo tiempo se ha venido fortaleciendo también un marco de represión, autoritarismo y violencia que enfrenta la protesta social, que busca intimidar para desalentarla y que apuntala el carácter policiaco del Estado. Además de la represión directa, el incremento de presos políticos, el regreso de la práctica de la desaparición forzada de personas, ese carácter se refleja en reformas legales autoritarias (la ley Gestapo, por ejemplo), en campañas mediáticas que justifican la criminalización de la protesta y la solidaridad social, así como la institucionalización de la tortura y en general la militarización del país.
Pensamos que es urgente una campaña nacional desde el Frente Nacional contra la Represión (FNCR) pero también desde otros referentes de la lucha social actual, para enfrentar y revertir la dinámica autoritaria estatal. Sobre varios aspectos se han emprendido luchas, como es contra la reforma judicial o contra la tortura, pero pensamos que se requiere una campaña especial que reimpulse la lucha central que se propuso el FNCR al fundarse por la libertad de todos los presos y desaparecidos políticos, alrededor de la bandera de una amnistía general.
El reclamo de una amnistía engloba la situación de todos los presos y desaparecidos políticos, independientemente del estado de su proceso penal, sean perseguidos, dentro o fuera del país, con órdenes de aprehensión, presos o sentenciados, así como desaparecidos políticos. La amnistía es una respuesta política para reclamar la libertad de todos los presos y desaparecidos políticos. Por supuesto, como ya se ha explicado ampliamente, la amnistía no quiere decir impunidad para los responsables en los diversos niveles de gobierno por la represión, la violación de derechos humanos de presos y perseguidos políticos o por la realización del crimen de lesa humanidad que es la desaparición forzada de personas. Se trata de obligar a una respuesta política, por medio de la amnistía, para lograr la liberación de presos y desaparecidos políticos.
Luchar por la amnistía es también una bandera política que engloba la situación de todos los presos y desaparecidos, pero que no olvida que el objetivo central es lograr la libertad y presentación de aquellos. Puede ser que al ir creando la fuerza social necesaria en torno a este reclamo, algunos presos o desaparecidos vayan logrando su libertad aunque no se apruebe una amnistía general, ya sea federal o en cada uno de los estados donde hay presos políticos. Pero la lucha pro la amnistía general nos une a todos en un solo reclamo.
Para relanzar una campaña por la amnistía es que proponemos este plan de acción. En primer lugar para el FNCR que tendrá en estos días una asamblea especial, pero también a las organizaciones y movimientos del Diálogo Nacional que preparan un paro cívico nacional, así como en cualquier otro referente de coordinación de la lucha social. Es una propuesta de plan de acción que aunque consideramos urgente implementarlo, debemos construirlo, pensarlo y diseñarlo entre todos. Algunas tareas podemos o estamos ya realizando desde nuestras respectivas organizaciones o ámbitros donde nos movemos, pero para mayor efectividad necesitamos acordarlo y construirlo conjuntamente como una campaña general del FNCR y el conjunto de movimientos sociales y referentes que los coordinan.
Como se recordará, durante varios meses el FNCR fue elaborando un proyecto de ley de amnistía a nivel federal para presos, perseguidos y desaparecidos políticos, en discusión en equipos, en foros y en visita con algunos presos políticos. Finalmente ese proyecto se presentó como iniciativa de ley ante los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados. Los grupos parlamentarios del Frente Amplio Progresista estuvieron de acuerdo en apoyar esta iniciativa y en abril la Diputada Aleida Alavez la presentó en tribuna a nombre de los grupos parlamentarios del FAP y del FNCR.
Presentamos ahora el plan con el propósito de que se vaya consensando y acordando en amplia consulta con organizaciones, personas y movimientos sociales interesados y comprometidos con esta causa. Lo hacemos ahora porque el primer problema que vemos es la necesidad de posicionar en la opinión pública la necesidad de una amnistía o de la libertad de los presos y desaparecidos políticos. Se requiere un esfuerzo especial para, de entrada, combatir la versión oficial que niega la existencia de presos y desaparecidos políticos. Hay en la actualidad muchas expresiones y movimientos de lucha social en torno a importantes temas, lo que nos permite ser optimistas en cuanto a la existencia de una sensibilidad necesaria para comprender la lucha contra la represión. Pero al mismo tiempo sabemos que hay fechas y momentos en que la atención pública está legítimamente concentrada en otros temas. Es el caso hoy del movimiento nacional por la defensa del petróleo. Estamos en la fase del debate público, todavía en julio. El 27 de julio será la consulta, sobre todo en el DF y otros estados del centro del país. Habrá dos momentos más para llevar a cabo la consulta en el resto del país. Finalmente al iniciarse septiembre, con el periodo ordinario de sesiones del Congreso se reiniciará la disputa en torno a la pretendida privatización. En esas fases el centro de la atención estará en ese movimiento.
Por eso es que pensamos que tenemos que hacer un esfuerzo especial para relanzar la lucha por la amnistía y colocarla en la opinión pública en la segunda quincena de agosto, especialmente alrededor del 28 de agosto en que se cumplen 30 años de la histórica huelga de hambre de las madres de desaparecidos políticos en que posteriormente se aprobó la Ley de Amnistía de aquel año de 1978.
Teniendo su punto más alto en la segunda quincena de agosto, con el aniversario de la huelga de hambre del 28, nos proponemos colocar la demanda de amnistía en la movilización nacional que implique el paro nacional si éste se realiza el 1 de septiembre, como está hoy propuesto. Nuevos esfuerzos de coordinación proponemos para el 2 de octubre en que se cumplen 40 años de la matanza de Tlatelolco y el 10 de diciembre, día universal de los derechos humanos.
La propuesta de plan de acción concreto sería el siguiente:
1. Presentar la propuesta en la asamblea del 19 y 20 de julio en Oaxaca pero especialmente en la asamblea nacional del FNCR del 20 de julio.
2. Acelerar la recolección de firmas de apoyo a la amnistía para publicar el manifiesto al inicio de agosto.
3. Realizar las reuniones y contactos necesarios con periodistas, intelectuales, artistas y editorialistas para explicar la necesidad de la amnistía y conseguir el apoyo para posicionar en la opinión pública el tema.
4. Realizar en la Cámara de Diputados, en universidades, escuelas y foros sindicales o sociales mesas redondas y conferencias explicando la necesidad de la amnistía y su carácter.
5. Manifestación del FNCR local en Ciudad Juárez el 23 de agosto.
6. Además del acto central a realizarse en el zócalo de la Ciudad de México para conmemorar los 30 años de la huelga de hambre en Catedral de las madres de los desaparecidos, organizar simultáneamente en todas las ciudades donde se pueda, especialmente donde haya secciones del FNCR, actos aunque sean simbólicos por la amnistía.
7. Defender en el programa de lucha del Diálogo Nacional la demanda de la amnistía en la realización del paro nacional del 1 de septiembre.
8. Continuar desde la segunda quincena de agosto la visita a presos políticos en las diversas cárceles del país, con el objetivo de prestarles solidaridad y cobertura, así como para explicar el sentido de la amnistía, como han venido haciendo el diputado José Antonio Almazán, la diputada Aleida Alavez y la Senadora Rosario Ibarra buscando la colaboración de más legisladores solidarios. Con el apoyo del editor Fernando Valdés, se puede realizar en el penal de la Ciudad de México donde estuvo preso, una conferencia a favor de la amnistía, en el espacio que él ha conseguido ahí.
9. Coordinarse desde todas las ciudades que corresponda con la oficina y el equipo de la Senadora Rosario Ibarra para elaborar el censo de presos, perseguidos y desaparecidos políticos, su nombre, estado del proceso, cargos, penal donde se encuentren, grupos solidarios o abogados defensores, etc.
10. Convocar y realizar caravanas por la amnistía y la libertad de los presos y desaparecidos desde todas las ciudades que se pueda con el objetivo de llegar a la Ciudad de México a la marcha del 2 de octubre cuando se cumplan los 40 años de Tlatelolco.
Realizar en octubre nueva asamblea de balance de esta fase de la lucha para actualizar un plan de acción durante octubre, noviembre y hasta el 10 de diciembre, día universal de los derechos humanos.
En este plan de acción habrá que integrar la decisión que tomen los compañeros, especialmente de los FNCR a nivel estatal en la presentación de iniciativas de ley de amnistía a nivel local, ya sea en el estado de México, Guerrero, Chiapas o alguno otro. Un proyecto de ley de amnistía para el estado de México está ya preparado, que beneficiaría especialmente a los compañeros presos de Atenco, y que podría presentarse en tribuna el miércoles 30 de julio, al terminar el presente periodo de sesiones del Congreso local, para que la campaña general por la amnistía de agosto le sirva de apoyo . El equipo legal del FNCR que elaboró los proyectos a nivel federal y para el estado de México podría colaborar para otros proyectos de ley a nivel local.
En un plan de acción habrá que tomar en cuenta la evolución que tome el diálogo de la Comisión de Mediación entre EPR y la Secretaría de Gobernación para la presentación de los miembros del EPR desaparecidos desde el año pasado. Hay que seguir con atención este proceso pues implica obligar al gobierno federal a discutir y reconocer la existencia de desaparecidos políticos que persistentemente se ha negado a reconocer.
México, D. F. julio de 2008.

Trini Ramírez (Atenco), Flavio Sosa (Oaxaca), Senadora Rosario Ibarra, Diputada Aleida Alavez, Diputado José Antonio Almazán, Diputado Germán Rufino Contreras, Damián Camacho (Atenco), Benito Colín (PPT), José de Jesús Mena (sección XVII-CNTE), Edgard Sánchez (PRT), Paty Jiménez (COMO), Germán Mendoza Nube, José Alberto Vázquez Cruz, Lic. Leonel Rivero, José Luis Sánchez Campos, Rosa Nelly de la Vega Urrutia, Frank Martínez Rodríguez, Heriberto Salas Amac (FPDT), Manuel Aguilar Mora (LUS), José Luis Hernández Ayala (MUS), Pedro Galicia Jiménez (Atenco), Ma. de la Luz Del Valle Medina (Atenco), Angélica Miguel Piña (FPDT), Leticia Martínez Gallegos (MEP), José Martínez Cruz (Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos), Arturo Mellado Alzaga, Alfonso Sánchez Mimbrera (Sección XVIII SNTE, Michoacán), Juan Calvo (MEP), Ismael Contreras (movimiento magisterial Edo Mex), Soledad del Rocío Ramos (COMO Barricadas)
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“ESTAMOS PREPARADOS Y NO VAMOS A PERMITIR QUE SE VIOLE LA CONSTITUCIÓN, QUE SE PRIVATICE LA INDUSTRIA PETROLERA Y QUE SE PROFUNDICE LA CORRUPCIÓN”: AMLO
Desde el corazón de la Sierra Gorda de Querétaro, Andrés Manuel López Obrador advirtió que el Movimiento Nacional en Defensa del Petróleo y la mayoría de los mexicanos “no vamos a permitir que se transe con el tema del petróleo con los bandidos de cuello blanco, ni con la mafia de la política, ni con el ladronzuelo de Felipe Calderón”.
El pueblo organizado y alrededor de 200 mil brigadistas de todo el país “estamos preparados y no vamos a permitir que se viole la Constitución, que se privatice la industria petrolera y que se profundice la corrupción” en la estructura de la paraestatal y en el territorio nacional, aclaró el presidente legítimo de México.
En relación con la propuesta que hizo el dirigente interino del PRD, Guadalupe Acosta, a las dirigencias del PRI y del PAN, para consensuar una propuesta de reforma energética, sin que se privatice Petróleos Mexicanos, López Obrador adelantó que “el movimiento que está en contra de la privatización del petróleo no va a permitir que se cometa un nuevo atraco a la nación. Eso ya lo decidimos”, puntualizó.
En entrevista que concedió al término de una asamblea informativa con habitantes del municipio de Jalpan de Serra, López Obrador manifestó que el Movimiento en Defensa del Petróleo va a esperar los resultados de la consulta popular sobre el petróleo que se realizará en tres etapas, a partir del próximo 27 de julio, “pero al mismo tiempo ya estamos preparados para defender el patrimonio nacional y evitar que el gobierno espurio de Felipe Calderón deposite la industria petrolera en manos de compañías extranjeras”.
Cuando los reporteros le preguntaron si era el momento oportuno para establecer acuerdos en materia de reforma energética, López Obrador dejó en claro lo siguiente: “en el caso del petróleo, el único entendimiento que puede haber es el retiro de las iniciativas de reformas privatizadoras que violan la Constitución”, y subrayó que en la defensa del petróleo no habrá ni un paso atrás.
Nuevamente se le insistió en que se podría concretar un acuerdo entre las tres principales fuerzas políticas del país. “No vamos a permitir que se transe con el tema del petróleo, con los bandidos de cuello blanco, ni con la mafia de la política, ni con el ladronzuelo de Calderón”, reiteró.
Luego se le preguntó si no son confiables las cúpulas tanto del Revolucionario Institucional como de Acción Nacional. El presidente legítimo de los mexicanos afirmó que ambos partidos no son confiables y lo han demostrado en el pasado, cuando “se pusieron de acuerdo” para aprobar en el Congreso el rescate bancario, el desafuero del jefe de Gobierno del Distrito Federal, el incremento a nuevos impuestos y las reformas a la Ley del ISSSTE.
“Entre el partido tricolor y el partido blanquiazul —agregó— no hay diferencia alguna y las franquicias de ambos institutos políticos ya las compraron y pertenecen ahora a los potentados, a una minoría rapaz, que impuso a Calderón en la Presidencia de la República”.
Mencionó también que “el ex presidente Carlos Salinas de Gortari se convirtió ahora en asesor del presidente pelele en materia de reforma energética” y recordó que “hace dos semanas Salinas de Gortari y el delincuente confeso, Juan Camilo Mouriño, dialogaron por espacio de 45 minutos en el diseño de una nueva estrategia para imponer las reformas privatizadoras de Calderón. Nada más que no van a poder los mafiosos de la política aprobar una reforma que viola la Constitución”, insistió al declarar que el actual sistema político y económico “es perverso” porque sólo permite sobrevivir a la mayoría de la población, sin ninguna posibilidad de progreso.
Acompañado por legisladores y dirigentes locales del PRD, PT y Convergencia, aseguró que Pemex representa un negocio jugoso e importante, porque mueve la economía y el comercio mundial, además de que es un recurso energético clave, que ambicionan las grandes corporaciones extranjeras.
Tanto en los municipios de Pinal de Amoles, como en Jalpan de Serra y Landa de Matamoros, expuso que actualmente el precio del barril de petróleo se cotiza en 130 dólares, mientras que su producción tiene un costo de 4 dólares. En Pinal de Amoles, el presidente legítimo de los mexicanos denunció que Calderón es el principal promotor de la reforma privatizadora, en complicidad con las cúpulas panista y priista. “El presidente usurpador quiere violar la Constitución, privatizar Pemex y garantizar manos libres en la comisión de actos de corrupción, pero la gente está consciente, se da cuenta y no apoya ninguna reforma privatizadora”, a pesar de que el gobierno calderonista ha gastado más de 500 millones de pesos en spots de televisión, con la intención de manipular la conciencia ciudadana”, destacó.
En Landa de Matamoros, el presidente municipal de extracción panista, Norberto Jiménez Otero, dio la bienvenida a López Obrador y le expresó su respeto. En correspondencia, el presidente legítimo de México agradeció al alcalde sus palabras y la respetuosa recepción.
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LA NUEVA LEY DEL ISSSTE ESTÁ PLAGADA DE ILEGALIDADES QUE DAÑAN GRAVEMENTE A LAS INSTITUCIONES DEL PAÍS, DECLARA EL GOBIERNO LEGÍTIMO DE MÉXICO
El proceso de imposición de la nueva Ley del ISSSTE ha estado plagado de procedimientos ilegítimos e ilegales que dañan gravemente las instituciones del país, aseguraron las secretarias de Salud, Asa Cristina Laurell y de Trabajo, Bertha Elena Luján Uranga, del gobierno legítimo de México.
Las funcionarias lopezobradoristas detallaron que el pasado 27 de junio salió publicado en el Diario Oficial un decreto firmado por Felipe Calderón y Agustín Carstens que modifica el reglamento referido al “derecho de opción” de los artículos quinto y séptimo transitorios de la ley del ISSSTE.
En el mencionado decreto, explicaron, se modifica además el plazo fijado en la ley para que los trabajadores opten entre el bono de pensión o mantenerse en un régimen semejante al anterior. “Con esta disposición, el presidente espurio y su secretario de Hacienda violan el artículo 49 de la Constitución, ya que no tienen facultad para legislar o cambiar las leyes. Esta facultad le corresponde únicamente al poder legislativo, en este caso, el Congreso de la Unión”, afirmaron las secretarias del gobierno legítimo de México.
Señalaron que “la violación a la Carta Magna es ya una actuación reincidente del presidente usurpador. La propuesta de reforma energética de Felipe Calderón es el ejemplo más escandaloso y documentado. Parece que ni siquiera hay preocupación de conducirse conforme a la ley cuando están en juego intereses económicos privados”, sostuvieron.
Comentaron que la razón de prolongar el plazo de opción es que sólo 5 por ciento de los trabajadores habían hecho su elección el 30 de junio; “esto significa que la mayoría se había quedado en la alternativa que más le conviene, esto es, el régimen anterior modificado, que les proporcionará una pensión más favorable que el bono y el sistema de cuentas individuales administradas por el Pensionissste o una Afore. La ampliación del plazo sólo se explica porque va a permitir a las dependencias presionar a los trabajadores para que opten por el bono”, mencionaron Bertha Elena Luján Uranga y Asa Cristina Laurell.
Por tal razón, solicitaron a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que tome medidas contundentes para revertir la conducta ilegal de Calderón y Carstens de modificar el reglamento sobre el “derecho de opción” de los artículos quinto y séptimo transitorios de la ley del ISSSTE. “El Poder Legislativo no puede callar ante una intromisión ofensiva en su ámbito de actuación, es decir, el de legislar”, expresaron al participar en una conferencia de prensa en instalaciones de la Cámara de Diputados el pasado jueves 10 de julio.
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viernes, 4 de abril de 2008

PROPUESTA DEL FRENTE NACIONAL CONTRA LA REPRESIÓN

PROPUESTA DEL FRENTE NACIONAL CONTRA LA REPRESIÓN
PROYECTO DE INICIATIVA DE LEY DE Amnistía.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7I, fracción II y 73, fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa de Ley de Amnistía General para Todos los Presos, Desaparecidos y Perseguidos por Motivos Políticos de jurisdicción Federal o del ámbito del Distrito Federal, bajo la siguiente:
Exposición de motivos:
Cuando se habla de amnistía para presos políticos, en principio se reconoce la existencia de ciudadanos inconformes que se han manifestado a través de distintas formas de lucha en contra del gobierno establecido y que se encuentran presos, desaparecidos o son perseguidos por las fuerzas de seguridad gubernamentales.
Además, es evidente que la mayoría de los actuales prisioneros y procesados por motivos políticos, son integrantes de organizaciones sociales que luchan en forma pacífica por demandas legítimas y que han sido acusados, procesados y sentenciados a partir de conductas derivadas de actos de protesta. Otros presos y perseguidos pertenecen a organizaciones que han recurrido a la lucha armada por considerar canceladas las vías pacíficas para transformar al país. Y otros han sido acusados de pertenecer a organizaciones armadas, pero en realidad son parte de la población civil, en contra de la que se ejercen represalias por considerar el gobierno que son base social de los insurrectos.
Es inconcebible que en el extranjero diversos organismos no gubernamentales de derechos humanos señalen la existencia de presos políticos en nuestro país, en tanto que el gobierno mexicano se niega obstinadamente a reconocer esta realidad.
Si representantes del gobierno expresan públicamente que se está viviendo en un período de "normalidad democrática" en la vida política nacional, y aún existe inconformidad por los resultados de los procesos electorales y necesidad de reformar las leyes que rigen dichas contiendas, ello implica que se ha vivido décadas en circunstancias anormales o antidemocráticas; lo cual, aunado a los graves problemas económicos, sociales y políticos, ha generado inconformidad ciudadana, que se expresa de diferentes maneras. Por ello, la amnistía general a los prisioneros, desaparecidos y perseguidos por motivos políticos es un imperativo ético; es saldar una deuda con quienes han tenido el valor de protestar contra el anormal e injusto orden de cosas que ha existido en nuestro país. Es un punto de partida para continuar la transformación del país hacia un régimen donde impere un verdadero Estado de Derecho.
Existen antecedentes históricos de la aplicación de decretos de amnistía en nuestro país, desde la lucha por la independencia encontramos esta figura jurídica, cuando el 15 de octubre de 1810 las Cortes españolas decretaron una amnistía para los insurgentes americanos, condicionada a cesar su actividad. Posteriormente, el primero de enero de 1831 se instaló el IV Congreso Constitucional y Anastasio Bustamante, entonces Presidente de la República, decretó una amnistía para los rebeldes que lo combatían, entre los que se encontraban los generales Vicente Guerrero y Juan Álvarez.
Uno de los episodios más recientes se registró en septiembre de 1978, cuando por iniciativa de diversas organizaciones sociales agrupadas en el FNCR de ese entonces y por el Comité Eureka, lograron que el Congreso de la Unión aprobara una Ley de Amnistía, que se aplicó en distintas etapas en el curso de ese año y de 1979.
Un asunto básico de la agenda política nacional, el cuál no puede ser soslayado por la LX Legislatura, es el análisis de las causas que han conducido a miles de mexicanos a manifestarse en forma pacífica en contra de las condiciones económicas, sociales y políticas que se viven en México y aún incluso en algunos casos, asublevarse en contra del gobierno establecido. El poder legislativo debe asumir la responsabilidad de que los mecanismos constitucionales para transformar la realidad nacional operen, pues sólo así se logrará que en un futuro ningún mexicano tenga que rebelarse para acceder a demandas legitimas.
Aún cuando se haya avanzado en reconocer el delito de desaparición forzada de personas, como un caso específico, el hecho es que aún sigue sin resolverse la situación de cientos de personas desaparecidas durante la “guerra sucia” de los años 70 y de épocas más recientes. La pretensión anunciada en el sexenio anterior de resolver los “crímenes del pasado” no se cumplió y como ocurre cada vez que se hace evidente la impunidad de esos crímenes, estos tienden a repetirse. De esta manera es que hemos visto cómo es que en los últimos dos o tres años se vuelve a la inhumana práctica de la desaparición forzada de personas.
Se requiere poner un alto a esta dinámica. El Frente Nacional Contra la Represión se ha constituido precisamente para exigir la libertad de los presos políticos y la presentación de los desaparecidos políticos, además de otras causas de los derechos humanos. La situación de los presos políticos que enfrentan sus casos en forma individual o con el apoyo de sus familiares, compañeros o sus organizaciones es desigual y frecuentemente con procesos en que están sujetos a la presión de autoridades señaladas como responsables de la represión. Algunos de ellos han recorrido prácticamente todas las instancias legales en su defensa. La única salida posible para la resolución de este conflicto en forma general son también medidas de carácter general y resultado de una decisión política.
Por lo anteriormente expuesto, proponemos ante esta H. LX Legislatura la siguiente iniciativa:
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA SIGUIENTE:
LEY DE AMNISTÍA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º.- La presente Ley es de orden público, de interés general, de observancia en todo el territorio nacional y tiene por objeto:
I.- Decretar la amnistía a favor de todas aquellas personas en contra de las cuales se haya ejercitado o haya de ejercitarse acción penal ante los tribunales federales y del Distrito Federal por delitos derivados de su participación en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o por su participación, real o supuesta, en movimientos armados, impulsados por motivos políticos con el propósito de modificar o alterar la forma de gobierno u obtener respuesta gubernamental a demandas económicas, sociales o políticas.
La amnistía se extiende a todos los indiciados, procesados y sentenciados cualquiera que haya sido su grado de participación en los delitos señalados en el párrafo anterior.
II.- La presentación de desaparecidos a causa de su participación, en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o por su participación, real o supuesta, en movimientos armados en los términos de la fracción anterior.
III.- Garantizar la integridad física y la libertad de todas aquellas personas perseguidas por su participación, real o supuesta, en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o movimientos armados en los términos de la fracción I de este artículo.
ARTÍCULO 2º.- Para instrumentar el cumplimiento pleno e irrestricto de los objetivos señalados en el artículo anterior, se establece una Comisión Especial Permanente, la cual se integrará de la siguiente manera:
I.- Una Comisión representativa del Frente Nacional contra la Represión integrada por ocho miembros de éste último; y
II.- Un representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, un representante de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, los Presidentes de las Comisiones de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores así como un representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
ARTÍCULO 3º.- La Comisión Especial Permanente tendrá las facultades que esta Ley establece y para poder realizar sus funciones se requerirá únicamente la presencia de la mitad más uno de los integrantes del Frente Nacional contra la Represión.
ARTÍCULO 4º.- No podrán participar en la Comisión Especial Permanente personas involucradas en la detención ó desaparición forzada de personas; en caso contrario, cualquier miembro de la misma podrá objetar la pertenencia de dicha persona a la propia Comisión.
El cargo de Comisionado Especial será honorario. Los gastos de funcionamiento de la Comisión serán cubiertos íntegramente por el Gobierno Federal.
CAPITULO II
DE LA AMNISTÍA
ARTÍCULO 5.- La amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que comprende, incluyendo la responsabilidad civil derivada de la comisión de los mismos así como las consecuencias administrativas derivadas de la pena.
En cumplimiento de esta Ley, las autoridades judiciales y administrativas competentes, cancelarán y dejarán de ejecutar, según corresponda, las órdenes de aprehensión, de presentación, autos de formal prisión, autos de sujeción a proceso, sentencias condenatorias que se estén compurgando, antecedentes penales y pondrán en libertad a los indiciados, procesados o sentenciados que señala la fracción I del artículo 1º de esta Ley.
ARTÍCULO 6.- La aplicación de la presente Ley es de oficio para las autoridades judiciales y administrativas, correspondiendo a la Procuraduría General de la República o Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, según corresponda, únicamente realizar la declaración de extinción de la acción penal respectiva.

jueves, 3 de abril de 2008

ISA Servicio informativo núm. 388

Ciudad de México, 3 de abril de 2008
Servicio informativo núm. 388


PRESENTA EL FNCR PROYECTO DE INICIATIVA DE LEY DE Amnistía PARA LA LIBERACIÓN DE PRESOS Y DESAPARECIDOS POLÍTICOS

Como continuación invariable de la política de los gobiernos priistas, los gobiernos panistas han mantenido una política de acoso y represión a luchadores sociales y a los movimientos en los que éstos participan. Tal situación ha dado como resultado que a problemas nunca resueltos como los de la presentación con vida de los desaparecidos políticos de las últimas décadas del siglo pasado se acumulen nuevos casos de desapariciones políticas, al tiempo que las cárceles del país se vuelven a llenar de presos políticos.

Por tal motivo, el Frente Nacional Contra la Represión (FNCR), desde su formación el año pasado, puso entre sus prioridades la búsqueda de la aprobación de una Ley de Amnistía que deje en libertad a presos y desaparecidos políticos, y frene la persecución policiaca contra luchadores sociales.

A continuación, el servicio de noticias ISA reproduce el texto de la iniciativa de ley que con tal fin ha hecho público el día del hoy el FNCR.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7I, fracción II y 73, fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa de Ley de Amnistía General para Todos los Presos, Desaparecidos y Perseguidos por Motivos Políticos de jurisdicción Federal o del ámbito del Distrito Federal, bajo la siguiente:

Exposición de motivos:

Cuando se habla de amnistía para presos políticos, en principio se reconoce la existencia de ciudadanos inconformes que se han manifestado a través de distintas formas de lucha en contra del gobierno establecido y que se encuentran presos, desaparecidos o son perseguidos por las fuerzas de seguridad gubernamentales.

Además, es evidente que la mayoría de los actuales prisioneros y procesados por motivos políticos, son integrantes de organizaciones sociales que luchan en forma pacífica por demandas legítimas y que han sido acusados, procesados y sentenciados a partir de conductas derivadas de actos de protesta. Otros presos y perseguidos pertenecen a organizaciones que han recurrido a la lucha armada por considerar canceladas las vías pacíficas para transformar al país. Y otros han sido acusados de pertenecer a organizaciones armadas, pero en realidad son parte de la población civil, en contra de la que se ejercen represalias por considerar el gobierno que son base social de los insurrectos.

Es inconcebible que en el extranjero diversos organismos no gubernamentales de derechos humanos señalen la existencia de presos políticos en nuestro país, en tanto que el gobierno mexicano se niega obstinadamente a reconocer esta realidad.

Si representantes del gobierno expresan públicamente que se está viviendo en un período de “normalidad democrática” en la vida política nacional, y aún existe inconformidad por los resultados de los procesos electorales y necesidad de reformar las leyes que rigen dichas contiendas, ello implica que se ha vivido décadas en circunstancias anormales o antidemocráticas; lo cual, aunado a los graves problemas económicos, sociales y políticos, ha generado inconformidad ciudadana, que se expresa de diferentes maneras. Por ello, la amnistía general a los prisioneros, desaparecidos y perseguidos por motivos políticos es un imperativo ético; es saldar una deuda con quienes han tenido el valor de protestar contra el anormal e injusto orden de cosas que ha existido en nuestro país. Es un punto de partida para continuar la transformación del país hacia un régimen donde impere un verdadero Estado de Derecho.

Existen antecedentes históricos de la aplicación de decretos de amnistía en nuestro país, desde la lucha por la independencia encontramos esta figura jurídica, cuando el 15 de octubre de 1810 las Cortes españolas decretaron una amnistía para los insurgentes americanos, condicionada a cesar su actividad. Posteriormente, el primero de enero de 1831 se instaló el IV Congreso Constitucional y Anastasio Bustamante, entonces Presidente de la República, decretó una amnistía para los rebeldes que lo combatían, entre los que se encontraban los generales Vicente Guerrero y Juan Álvarez.

Uno de los episodios más recientes se registró en septiembre de 1978, cuando por iniciativa de diversas organizaciones sociales agrupadas en el FNCR de ese entonces y por el Comité Eureka, lograron que el Congreso de la Unión aprobara una Ley de Amnistía, que se aplicó en distintas etapas en el curso de ese año y de 1979.

Un asunto básico de la agenda política nacional, el cuál no puede ser soslayado por la LX Legislatura, es el análisis de las causas que han conducido a miles de mexicanos a manifestarse en forma pacífica en contra de las condiciones económicas, sociales y políticas que se viven en México y aún incluso en algunos casos, a sublevarse en contra del gobierno establecido. El poder legislativo debe asumir la responsabilidad de que los mecanismos constitucionales para transformar la realidad nacional operen, pues sólo así se logrará que en un futuro ningún mexicano tenga que rebelarse para acceder a demandas legitimas.

Aún cuando se haya avanzado en reconocer el delito de desaparición forzada de personas, como un caso específico, el hecho es que aún sigue sin resolverse la situación de cientos de personas desaparecidas durante la “guerra sucia” de los años 70 y de épocas más recientes. La pretensión anunciada en el sexenio anterior de resolver los “crímenes del pasado” no se cumplió y como ocurre cada vez que se hace evidente la impunidad de esos crímenes, estos tienden a repetirse. De esta manera es que hemos visto cómo es que en los últimos dos o tres años se vuelve a la inhumana práctica de la desaparición forzada de personas.

Se requiere poner un alto a esta dinámica. El Frente Nacional Contra la Represión se ha constituido precisamente para exigir la libertad de los presos políticos y la presentación de los desaparecidos políticos, además de otras causas de los derechos humanos. La situación de los presos políticos que enfrentan sus casos en forma individual o con el apoyo de sus familiares, compañeros o sus organizaciones es desigual y frecuentemente con procesos en que están sujetos a la presión de autoridades señaladas como responsables de la represión. Algunos de ellos han recorrido prácticamente todas las instancias legales en su defensa. La única salida posible para la resolución de este conflicto en forma general son también medidas de carácter general y resultado de una decisión política.

Por lo anteriormente expuesto, proponemos ante esta H. LX Legislatura la siguiente iniciativa:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA SIGUIENTE:

LEY DE AMNISTÍA

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º.- La presente Ley es de orden público, de interés general, de observancia en todo el territorio nacional y tiene por objeto:

I.- Decretar la amnistía a favor de todas aquellas personas en contra de las cuales se haya ejercitado o haya de ejercitarse acción penal ante los tribunales federales y del Distrito Federal por delitos derivados de su participación en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o por su participación, real o supuesta, en movimientos armados, impulsados por motivos políticos con el propósito de modificar o alterar la forma de gobierno u obtener respuesta gubernamental a demandas económicas, sociales o políticas.

La amnistía se extiende a todos los indiciados, procesados y sentenciados cualquiera que haya sido su grado de participación en los delitos señalados en el párrafo anterior.

II.- La presentación de desaparecidos a causa de su participación, en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o por su participación, real o supuesta, en movimientos armados en los términos de la fracción anterior.

III.- Garantizar la integridad física y la libertad de todas aquellas personas perseguidas por su participación, real o supuesta, en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o movimientos armados en los términos de la fracción I de este artículo.

ARTÍCULO 2º.- Para instrumentar el cumplimiento pleno e irrestricto de los objetivos señalados en el artículo anterior, se establece una Comisión Especial Permanente, la cual se integrará de la siguiente manera:

I.- Una Comisión representativa del Frente Nacional contra la Represión integrada por ocho miembros de este último; y

II.- Un representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, un representante de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, los Presidentes de las Comisiones de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores así como un representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

ARTÍCULO 3º.- La Comisión Especial Permanente tendrá las facultades que esta Ley establece y para poder realizar sus funciones se requerirá únicamente la presencia de la mitad más uno de los integrantes del Frente Nacional contra la Represión.

ARTÍCULO 4º.- No podrán participar en la Comisión Especial Permanente personas involucradas en la detención o desaparición forzada de personas; en caso contrario, cualquier miembro de la misma podrá objetar la pertenencia de dicha persona a la propia Comisión.

El cargo de Comisionado Especial será honorario. Los gastos de funcionamiento de la Comisión serán cubiertos íntegramente por el Gobierno Federal.

CAPITULO II

DE LA AMNISTÍA

ARTÍCULO 5.- La amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que comprende, incluyendo la responsabilidad civil derivada de la comisión de los mismos así como las consecuencias administrativas derivadas de la pena.

En cumplimiento de esta Ley, las autoridades judiciales y administrativas competentes, cancelarán y dejarán de ejecutar, según corresponda, las órdenes de aprehensión, de presentación, autos de formal prisión, autos de sujeción a proceso, sentencias condenatorias que se estén compurgando, antecedentes penales y pondrán en libertad a los indiciados, procesados o sentenciados que señala la fracción I del artículo 1º de esta Ley.

ARTÍCULO 6.- La aplicación de la presente Ley es de oficio para las autoridades judiciales y administrativas, correspondiendo a la Procuraduría General de la República o Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, según corresponda, únicamente realizar la declaración de extinción de la acción penal respectiva.

La Comisión Especial Permanente deberá realizar los trámites necesarios ante las autoridades judiciales y administrativas correspondientes para que los beneficiarios de esta Ley puedan obtener su libertad o acogerse a los beneficios que otorga la misma.

ARTÍCULO 7.- Los medios de impugnación ordinarios interpuestos por los beneficiarios de esta Ley o por sus abogados serán sobreseídos en virtud de la misma; el mismo efecto se producirá respecto a los juicios de amparo que se encuentren en trámite.

Los beneficios de esta Ley se extienden a reos sentenciados por delitos derivados de su participación en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o movimientos armados en los términos que señala esta ley, aún cuando dicha resoluciones hayan causado ejecutoria.

ARTÍCULO 8.- La Comisión Especial Permanente podrá impulsar, junto con cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión y la Secretaria de Gobernación, indistintamente, la expedición de las correspondientes leyes de amnistía a los gobiernos de los Estados de la República en donde existan indiciados, procesados o sentenciados, o acción persecutoria, por la comisión de delitos previstos en sus respectivas legislaciones derivados de su participación en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o movimientos armados en los términos de esta ley.

CAPITULO III

DE LA PRESENTACIÓN DE DESAPARECIDOS POLÍTICOS

ARTÍCULO 9.- Para los efectos de esta Ley se entiende por desaparecidos políticos al sujeto pasivo del delito de desaparición forzada previsto en el capítulo III bis, Titulo Décimo del Código Penal Federal.

ARTÍCULO 10.- El Gobierno Federal ordenará, en el ámbito de competencia de las dependencias respectivas, al Ejército, la Marina, la Fuerza Aérea, las policías y demás corporaciones de seguridad que existan en el país, así como a los elementos a sus ordenes, la inmediata libertad de los desaparecidos que se encuentren en su poder en campos militares, cárceles clandestinas, bases navales o cualquier otro centro de detención.

ARTÍCULO 11.- La Comisión Especial Permanente es el órgano encargado de instrumentar la presentación de desaparecidos políticos, para lo cual cuenta con las siguientes facultades:

I.- Recibir denuncias verbales o escritas;

II.- Realizar inspecciones en centros de readaptación social, reclusorios, casas de detención casas de arraigo, cárceles, campos militares, centros administrativos de detención, retenes militares o cualquier otro lugar donde se presuma que pueda encontrarse algún desaparecido político;

III.- Recibir testimonios o cualquier clase de elemento probatorio que lleve a la ubicación de algún desaparecido político; y

IV.- Realizar cualquier tipo de investigación, gestión o trámite necesario para lograr la presentación de algún desaparecido político.

Todas las autoridades del país están obligadas a permitir a los integrantes de la Comisión Especial Permanente el acceso sin restricciones a los lugares de detención que señala la fracción II de este artículo.

ARTÍCULO 12.- Serán copartícipes del delito de desaparición forzada de personas aquellos que teniendo o habiendo tenido conocimiento de la existencia de cárceles clandestinas, centro de tortura u otros sitios en los que se retenga a los beneficiarios de esta Ley, no lo comuniquen a la Comisión Especial Permanente.

ARTÍCULO 13.- Se sancionará en los términos del artículo anterior a aquellos funcionarios y autoridades que proporcionen o hayan proporcionado información falsa o incompleta o se nieguen a proporcionarla que obstaculicen la presentación de desaparecidos políticos.

ARTÍCULO 14.- Las autoridades del país, federales, locales y municipales con mando de fuerza pública, están obligadas a proporcionar de inmediato a la Comisión Especial Permanente, el auxilio eficaz y eficiente de la fuerza a su mando, para asegurar que puedan obtener el libre acceso a los lugares donde hayan de practicar sus investigaciones.

ARTÍCULO 15.- Mientras cualquier persona tenga el carácter de Comisionado Especial, no podrá ser detenido por ninguna autoridad, ni por ningún motivo. Si alguno fuere detenido durante el desempeño de sus funciones o con motivo de ellas, el Ejecutivo Federal dispondrá su inmediata libertad y, para lograrla, deberá hacer uso de todos los medios de apremio establecidos en la leyes federales.

ARTÍCULO 16.- Las autoridades del país con mando de fuerza apoyaran al Ejecutivo Federal para lograr la absoluta libertad del Comisionado detenido.

CAPÍTULO IV

DE LAS GARANTÍAS DE LOS BENEFICIARIOS DE ESTA LEY

ARTÍCULO 17.- Si durante el curso de las investigaciones fueran encontradas personas que deben ser beneficiadas por esta Ley, y las autoridades que hayan ordenado o estén ejecutando su detención se negaren a ponerlas en libertad, los Comisionados Especiales podrán ponerlas discrecionalmente en absoluta libertad, para lo cual las autoridades respectivas deberán de proporcionarle toda clase de auxilio. Podrán inclusive retirar a los detenidos de su lugar de confinamiento, llevándolos en el acto consigo.

ARTÍCULO 18.- La Comisión Especial Permanente verificará que cada uno de los beneficiarios de esta Ley, pueda contar con un documento que compruebe el otorgamiento de la amnistía.

ARTÍCULO 19.- Las personas a quienes aproveche la presente Ley, no podrán ser en el futuro detenidas, procesadas, ni objeto de inquisición judicial o administrativa por los mismos hechos.

TRANSITORIOS:

PRIMERO.- La presente ley entrará en vigor el día de su publicación el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- La Comisión Especial Permanente se constituirá e instalará a más tardar 5 días después de la entrada vigor de la presente ley y sesionará en el Salón Verde de la Cámara de Diputados.

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lunes, 18 de febrero de 2008

ISA Servicio informativo núm. 354

Ciudad de México, 18 de febrero de 2008
Servicio informativo núm. 354



Sumario:



I. No a la reforma judicial, sí a una ley de amnistía general: Declaración del Frente Nacional Contra la Represión


II. Convocatoria a la Marcha Contra la Reforma Judicial y por la Ley de Amnistía


III. El engaño de la reforma judicial, por Bernardo Bátiz

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NO A LA REFORMA JUDICIAL, SÍ A UNA LEY DE AMNISTÍA GENERAL. EN DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, DE LAS LIBERTADES DEMOCRÁTICAS Y LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES Y COLECTIVAS


AL PUEBLO DE MÉXICO:


Es de conocimiento público que las fracciones parlamentarias del PRI y del PAN en la Cámara de Diputados han tomado ya el acuerdo de aprobar en los próximos días la llamada reforma judicial, que significará la modificación, en materia de justicia penal, de los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 del texto constitucional.


A pesar de que diversos sectores sociales han elevado sus voces de preocupación sobre las gravísimas implicaciones de esta reforma, una vez más, el grupo gobernante, a través del Congreso federal, muestra oídos sordos, y sin un mínimo de consulta a la población, parece encaminado a una nueva imposición legislativa de espaldas a la sociedad.


En respuesta a la inminente imposición, las organizaciones y ciudadanos miembros del Frente Nacional Contra la Represión (FNCR) manifestamos que la pretendida reforma:


1. Incorpora a la Carta Magna la figura de arraigo, que ha sido definida como una forma arbitraria de detención preventiva por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias y por el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas.


Se argumenta que el propósito es combatir al “crimen organizado”; sin embargo, este concepto se mantiene en la más absoluta ambigüedad. Basta con que tres o más personas se pongan de acuerdo para presionar a algún funcionario o institución, con la intención legítima de resolver reivindicaciones de carácter social, para que eso se tipifique de “delincuencia organizada”. Como dice Amnistía Internacional, esto va más allá de la Convención de Palermo e implica un proceso judicial con garantías limitadas, una contravención al principio universal del Debido Proceso.


2. Más grave aún, se contempla la permisión del allanamiento de morada por parte de los agentes policíacos, respecto a lo cual Amnistía Internacional dice:


La propuesta de que los policías puedan ingresar sin orden judicial a un domicilio cuando está en juego la vida o la integridad de las personas o en caso de flagrancia, genera serias preocupaciones. El abuso de poder por parte de policías para efectuar cateos o detenciones ilegales ha sido documentado con frecuencia por Amnistía Internacional, advirtiéndose en no pocas ocasiones que la actuación policial ilegal ha sido disfrazada ante el Ministerio Público o ante el juez mediante el uso de evidencias fabricadas para justificar la actuación de los agentes policiales. La nueva facultad no se muestra en la dirección de eliminar tales abusos, ni tampoco incluye disposiciones que coincidan con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México.


3. En la práctica, esta contrarreforma constitucional echa abajo derechos históricos del pueblo mexicano, lo cual viola flagrantemente el Artículo 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala:


Nada en esta declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta declaración.


El Estado mexicano se ha declarado respetuoso del orden jurídico internacional y, en particular, de la normatividad relativa a los derechos humanos, por lo que para ser congruente con ello tendría que retirar en lo inmediato la propuesta de reforma judicial.


4. Para el FNCR, la aprobación de la llamada reforma judicial representaría la culminación de una serie de cambios al marco jurídico orientados a fortalecer las funciones e instituciones represivas del neoliberalismo, para garantizar el control autoritario sobre los trabajadores, la ciudadanía organizada y la sociedad civil. Se busca legalizar lo que ya ahora se practica, pero es ilegal. Se pretende legalizar la criminalización de las luchas y los movimientos sociales, en concordancia con la agenda de seguridad impuesta por Estados Unidos al gobierno de nuestro país.


Por todo lo anterior, el Frente Nacional Contra la Represión:


Expresa su rechazo a la aprobación de la reforma judicial y exige al Congreso federal la deseche por regresiva y violatoria de los derechos humanos y de nuestras garantías individuales y colectivas.


Hace un llamado al pueblo, a los ciudadanos y a las organizaciones sindicales, sociales, populares, políticas y civiles a estar alertas, a movilizarnos de manera unitaria para impedir la aprobación de la reforma judicial y de todas las contrarreformas neoliberales que lesionarán de manera grave los derechos de todos los mexicanos.


Llamamos a participar de manera masiva en la MARCHA CONTRA LA REFORMA JUDICIAL Y POR UNA LEY DE AMNISTÍA GENERAL que haga posible la libertad de todos los presos políticos y la presentación con vida de todos los desaparecidos.


TODOS A LA MARCHA EL MARTES 19 DE FEBRERO, A LAS 4 DE LA TARDE, DEL HEMICICLO A JUÁREZ AL PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO.


FRENTE NACIONAL CONTRA LA REPRESIÓN


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MARCHA CONTRA LA REFORMA JUDICIAL Y POR LA LEY DE AMNISTÍA: FNCR


Al Pueblo de México
A los Sindicatos
A las Todas las Organizaciones Políticas y Sociales


Actualmente la agenda del Frente Nacional Contra la Represión posiciona dos temas esenciales y urgentes, dada su magnitud en la vida nacional.


Primero, consideramos que la propuesta de iniciativa de reforma en materia judicial es un retroceso en materia de derechos humanos, pues legitimaría y facilitaría prácticas que a lo largo de la historia se han demostrado como de lesa humanidad, además de enfocarse en criminalizar la movilización y la lucha social.


Por otro lado, en México se estiman más de 600 presos políticos y de conciencia, y a lo largo de cuatro décadas un número desconocido de desaparecidos.


En virtud de lo anteriormente expuesto, hacemos una invitación amplia para sumarse a la Marcha Contra la Reforma Judicial y por la Ley de Amnistía, que tendrá lugar el próximo martes 19 de febrero a las 16:00 horas, partiendo del Hemiciclo a Juárez con destino al Palacio Legislativo.


Asimismo a desarrollar a partir de esa fecha acciones paralelas en las ciudades del interior del país, proponemos las siguientes:


• Volanteo
• Mítines, marchas y plantones
• Reenviar correos con las informaciones que les hemos hecho llegar
• Mandar cartas y denunciar en todos los medios de información
• Crear propaganda y reproducir la que estaremos enviando
• Desarrollar todas las formas creativas de resistencia


Consideramos que la magnitud de la marcha y todas las iniciativas de movilización serán de gran impacto para el voto de los legisladores; por ello hacemos un LLAMADO URGENTE Y ABIERTO PARA ADOPTAR ESTA CAUSA.


Atentamente,

Frente Nacional Contra la Represión (FNCR)


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EL ENGAÑO DE LA REFORMA JUDICIAL
por Bernardo Bátiz, secretario de Justicia y Seguridad del gobierno legítimo de México

(publicado en La Jornada el 18 de febrero de 12008)






No los diputados, sino los coordinadores de las bancadas del PRI y del PAN en la Cámara, anuncian que en unos días concluirán la primera etapa de la reforma constitucional en materia penal, que se ha presentado al público consumidor como “la reforma judicial”. Si lo hacen, estarán consumando una acción política que tarde o temprano se les echará en cara y que todavía podría frenarse en las legislaturas de los estados, pues para una reforma constitucional no basta la aprobación en el Congreso federal.





Pero vamos por partes. Tanto Emilio Gamboa como Héctor Larios, coordinadores del PRI y del PAN en la Cámara de Diputados, atropellan la forma y el fondo al pretender imponer la reforma de marras; la forma en cuanto ellos toman la palabra por todos sus compañeros legisladores, acuerdan entre sí y olvidan el principio básico del derecho parlamentario, según el cual todos los legisladores son iguales en su representación y su voto es individual y libre. El que los coordinadores acuerden y los demás tan sólo confirmen disminuye el papel del órgano colegiado y convierte a los diputados, de representantes de la nación, con plena autonomía para opinar y para votar en los asuntos de su competencia, en simples peones del ajedrez político que juegan sus jefes o patrones, que no coordinadores.





Pero allá ellos. Lo más importante es el atropello a los derechos humanos con reformas que significan un retroceso respecto de la legislación actual y que además contravienen declaraciones contenidas en pactos internacionales aceptados mundialmente y suscritos por México.





Esto es grave sin duda; juristas que no pueden ser tachados de izquierdistas, como Ricardo Franco Guzmán, Sergio García Ramírez y Luis María Aguilar, entre otros, se han pronunciado en diversos foros y en distintos tonos en contra de las pretendidas reformas y han señalado el grave riesgo de que constituyan la formalización de la autorización a los atropellos policiacos y a la violación de derechos humanos elementales. Pero hay todavía algo más: la reforma judicial ha sido manejada en forma mediática, como un producto de mercado que hay que “vender”, y así se han dicho sobre ella mentiras y verdades a medias.





Por ejemplo, se dice que lo que se pretende es instaurar en México un proceso penal en el que la oralidad, el carácter controversial, la transparencia y la inmediatez sean sus “nuevas” características; pero resulta que nuestros juicios penales ya son orales: hay audiencias, careos y otras diligencias, las más importantes del juicio, que ya tienen esa característica; ya son transparentes y públicas, salvo excepciones razonables; hay la obligación de los jueces de estar presentes en todas las diligencias de los juicios, que es lo que significa inmediatez, y ya tienen nuestros procesos el carácter controversial desde 1917, puesto que los jueces de instrucción que en el siglo XIX investigaban y dictaban sentencia fueron sustituidos en la nueva Constitución por jueces imparciales, árbitros del proceso y directores del mismo, equidistantes entre el Ministerio Público, la parte acusadora y la defensa del acusado. Esto es, desde 1917 nuestro proceso penal es acusatorio y controversial.





Todo esto tiene, sin embargo, un sentido: es sólo una cortina de humo para introducir detrás de ella, en nuestra Constitución, francas y abiertas restricciones a los derechos humanos garantizados en el capítulo primero de la misma, dando marcha atrás en garantías fundamentales como la inviolabilidad del domicilio, de las comunicaciones personales y de la libertad individual.


Las reformas serán, so pretexto del combate a la delincuencia organizada y la pretendida modernización de nuestro tribunales (léase imitación de programas estadunidenses de La ley y el orden), un paso firme hacia un Estado policiaco y represor.





¿Qué está en el fondo? En el fondo está dar más facultades a las policías, restárselas a las procuradurías para convertir a éstas y a sus agentes en simples litigantes acusadores en los procesos y dejar la investigación en manos de la policía, la que se ha planeado desde el sexenio pasado como centralizada y controlada desde el Ejecutivo federal, autorizada para actuar con manos libres en la persecución de quienes los mismos policías definan como criminales.





Me parece que el busilis de la reforma, el punto más grave, que amarra las otras violaciones a las garantías individuales, está en lo que se pretende hacer con el artículo 21 constitucional.





En la redacción elegante y precisa del actual artículo 21 se dice que la investigación y persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público, el cual se auxiliará con una policía que estará bajo su autoridad y mando inmediato; en la propuesta a debate, se modifica este párrafo para quedar de la siguiente manera: “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías”. Así, sin matizar, ministeriales, judiciales, preventivas, federales, estatales o municipales, o cualquier otra que por ahí aparezca, con el agravante de que, de paso, se cuela, sin aparecer en texto alguno, que los militares con los que mayoritariamente se formó la Policía Federal Preventiva serán también investigadores y perseguidores de delito.





Ciertamente, ya se cometen atropellos; reiteradamente sabemos de allanamientos violentos, de verdaderas tomas de pueblos y rancherías, de disparos y de muertes en los retenes de calles y carreteras, y ya nos estamos acostumbrado a que los policías humillen y vejen, obligándolos a arrodillarse o a tenderse en el suelo, a todos los que detienen, sean culpables o no, sospechosos o simples viandantes; ya hay cateos sin orden judicial, arraigos injustificados y detenciones arbitrarias, pero lo que se pretende ahora es que todo eso tenga un sustento constitucional y nada menos, oh ironía, nada menos que en el capítulo de garantías individuales.





Es cierto que en la reforma se agrega un matiz que en apariencia la salva, que las policías estarán bajo la conducción y mando del Ministerio Público, pero a éste, para tenerlo bien controlado, simultáneamente se le restringen derechos laborales en el apartado B) del artículo 123 de la Constitución, que va en el paquete; quisiera ver a un agente del Ministerio Público de un pueblo, o de cualquier lugar, dando órdenes o controlando a los militares de la Federal Preventiva o a los policías del AFI o a los que García Ramírez ha llamado los “supercomandantes”.





Con la reforma al 21 se ponen en el primer párrafo, en igualdad de responsabilidades, a la institución investigadora, el Ministerio Público, con las policías, y esto es abrir la caja de Pandora de las arbitrariedades y puerta a un Estado persecutorio y de mano dura, que con estas reformas recibirá el banderazo de salida. Las leyes secundarias se encargarán de los detalles.





No hay duda de que esta reforma es un retroceso, es tan grave como la del ISSSTE o la de los energéticos, porque será el instrumento que puede usarse para reprimir movimientos sociales. Ciertamente, la gente, el pueblo, ante crímenes y delitos reales y también ante la propaganda para meter miedo, exige seguridad y ésta debe prestarse por parte del Estado, pero no al precio de la libertad.





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EL USO DE ESTE SERVICIO DE NOTICIAS ES ABSOLUTAMENTE GRATUITO Y AMPLIAMENTE PERMITIDO. PEDIMOS SOLAMENTE QUE EN TODOS LOS CASOS SE CITE A Servicio de Noticias ISA COMO LA FUENTE INFORMATIVA ORIGINAL Y NOS REPORTEN A NUESTROS CORREOS ELECTRÓNICOS SU UTILIZACIÓN A FIN DE PODER EVALUAR EL ALCANCE DE ESTE ESFUERZO INFORMATIVO.

sábado, 16 de febrero de 2008

Invitación Marcha Contra la Reforma Judicial y por la Ley de Amnistía 19 de febrero‏

Comisión de Difusión, Prensa y Propaganda
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México D.F., a 14 de febrero de 2008



Al Pueblo de México

A los Sindicatos

A las Todas las Organizaciones Políticas y Sociales



Actualmente la agenda del Frente Nacional Contra la Represión posiciona dos temas esenciales y urgentes, dada su magnitud en la vida nacional.



Primero, consideramos que la propuesta de iniciativa de reforma en materia judicial es un retroceso en materia de derechos humanos, pues legitimaría y facilitaría prácticas que ha lo largo de la historia se han demostrado como de lesa humanidad, además de enfocarse en criminalizar la movilización y la lucha social.



Por otro lado, en México se estiman más de 600 presos políticos y de consciencia, y a lo largo de cuatro décadas un número desconocido de desaparecidos.



En virtud de lo anteriormente expuesto hacemos una invitación amplia para sumarse a la Marcha Contra la Reforma Judicial y por la Ley de Amnistía, que tendrá lugar el próximo martes 19 de febrero a las 16:00 horas, partiendo del Hemiciclo a Juárez con destino al Palacio Legislativo.



Asimismo a desarrollar a partir de esa fecha acciones paralelas en las ciudades del interior del país, proponemos las siguientes:



· Volanteo

· Mítines, marchas y plantones

· Reenviar correos con las informaciones que les hemos hecho llegar

· Mandar cartas y denunciar en todos los medios de información

· Crear propaganda y reproducir la que estaremos enviando

· Desarrollar todas las formas creativas de resistencia



Consideramos que la magnitud de la marcha y todas las iniciativas de movilización serán de gran impacto para el voto de los legisladores, por ello hacemos un LLAMADO URGENTE Y ABIERTO PARA ADOPTAR ESTA CAUSA.



Para su impresión y propagación desmedida, enviamos cartel en archivo adjunto.



Atentamente,

Frente Nacional contra la Represión