Frente Nacional Contra la Represión
El Frente Nacional Contra la Represión hace una invitación abierta a participar en el Foro Contra la Reforma Judicial, que tendrá lugar el próximo lunes 11 de febrero, en el Salón Zona C de los Cristales en la Cámara de Diputados (junto al restaurante Ávila), edificio G (por la entrada principal), en el cual se promoverá y enriquecerá el posicionamiento del FNCR respecto a la reciente iniciativa de reforma judicial, con la siguiente orden del día:
Posicionamiento del FNCR ante la iniciativa de reforma judicial.
Comentarios y aportaciones
Iniciativas del FNCR para leyes de amnistía
i. Ley Federal
ii. Prototipo para Leyes Estatales
Nota. Los asistentes deberán llevar identificación oficial para ingresar a la Cámara de Diputados.
A continuación, compartimos el documento base que ha consensuado el FNCR.
LA REFORMA JUDICIAL Y DE SEGURIDAD NACIONAL
La Reforma Judicial y de Seguridad Nacional significa en el contexto nacional una trasgresión a la ley y la justicia, ya que busca elevar a rango constitucional la violación de derechos humanos elementales y establecer un régimen de excepción en contra de cualquier ciudadano que sea considerado como sospechoso o clasificado dentro del concepto de delincuencia organizada y sabemos que para estar dentro de este rango, solo basta con la reunión de tres personas, con lo cual nadie puede estar a salvo ni siquiera en su casa.
Y habría que aclarar que esta Reforma Constitucional en materia penal viene construyéndose desde hace varios años, por lo cual los legisladores de ambas cámaras sabían de su existencia, hace más de un año Calderón la mando para su conocimiento como Ley de la neutralidad
a la par con la Ley contra el Terrorismo, y los legisladores de todos los partidos en lugar de recurrir a la difusión y sociabilización de esta ley y buscar en base a figuras jurídicas que ya existían como el plebiscito y el referéndum , mecanismos para que la sociedad civil participara, y definiera la defensa de las garantías individuales ya consagradas en la constitución, dichas leyes se guardaron como material secreto, sabiendo el carácter regresivo de estas reformas, que anulando por ello mismo derechos constitucionales en los que se protegen las libertades sociales, políticas, civiles, y favoreciendo de facto un Estado policiaco, que deja al descubierto y sin ninguna protección la salvaguarda del hogar, la familia, los bienes y pertenencias de los ciudadanos, amen de la criminalización de la lucha social.
Los artículos reformados son los siguientes:
Al artículo 16 se le adiciona un décimo párrafo y dice: La autoridad judicial, tratándose de delincuencia organizada (que sabemos que únicamente basta con tres personas para considerarse delincuencia organizada) podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale y podrá decretarse arraigo de una persona hasta por 40 días, con las nuevas disposiciones el arraigo podrá prorrogarse hasta por 80 días.
Esta modificación violenta la fracción II del artículo 20 que a letra dice: El inculpado "No podrá ser obligado a declarar. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal toda incomunicación, intimidación por tortura. La confesión rendida ante cualquier tipo de autoridad o el juez, o ante estos sin la asistencia de su defensor carecerá de todo valor probatorio".
La policía podrá ingresar sin orden judicial a un domicilio, "cuando exista amenaza actual o inminente a la vida, a la integridad física de las personas, así como en el caso de flagrancia cuando se esta persiguiendo al inculpado". Con estas reformas el allanamiento de morada sin orden judicial se esta elevando a rango constitucional, con ello los ciudadanos ya no se podrán proteger contra los abusos de autoridad, ni ampararse de ninguna forma.
"Se prevén como herramientas especiales en materias de investigación de la delincuencia organizada las órdenes de arraigo, los cateos, las intervenciones telefónicas y de comunicaciones privadas". Se eleva el espionaje y la intervención en la intimidad y privacidad de los ciudadanos a rango constitucional.
Las comunicaciones privadas que eran consideradas inviolables y en las cuales las leyes sancionaban cualquIer acto que atentara en contra de la libertad y privacidad de las mismas, hoy se le agrega, "excepto cuando estas sean aportadas de forma voluntaria por algunos de los
particulares que participen en ella". el juez valorara el alcance de ellas siempre y cuando tengan información en relación con la comisión del delito. Con esta reforma se favorece la delación, la traición y el inculpar a inocentes, y luego agrega para contradecirse. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca la ley.
Articulo 18. Los sentenciados en los casos y condiciones que establezca la ley podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, a fin de propiciar su reintegración en la comunidad como forma de reinserción social. Esta disposición no se aceptara en caso de delincuencia organizada y respecto de otros internos que requieren medidas especiales de seguridad, esta medida violenta los preceptos ratificados en el Derechos Internacional y la fracción II del artículo 20 que a letra dice: El inculpado "No podrá ser obligado a declarar. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal toda incomunicación, intimidación por tortura. La confesión rendida ante cualquier tipo de autoridad o el juez, o ante estos sin la asistencia de su defensor carecerá de todo valor probatorio."
Otro agregado a este artículo es: "Que la ley establecerá beneficios a favor del inculpado, procesado o sentenciado que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos de materia de delincuencia organizada".
Una lectura simple, rápida y sencilla, nos permite entender que esta modificación constitucional busca favorecer la política de la delación, la traición y en muchos a casos el acusar a quien se les antoje de delitos que no cometieron.
Artículo 21. Se le dará a los policías la facultad de investigación, detención, allanamiento de morada en el ejercicio de sus funciones, estas competencias y facultades ya están en funciones, violentando la constitución, los derechos humanos y creando en consecuencia un Estado de excepción que no debería de existir, así como lo demuestran, los casos de Atenco, Oaxaca, Chiapas, Sicartsa, Ayotzinapa, etc. hoy todas estas atrocidades e infamias las están convirtiendo en ley constitucional, este agregado que ironía esta en las garantías individuales y por su mismo carácter represivo las elimina, les da a los policías y militares disfrazados de estos un poder infinito.
En el artículo 22. Se declara la extinción de dominio: "No se considerara confiscación la aplicación de bienes de una persona cuando sea decretada para el pago de multas de impuestos, ni cuando la decrete una autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivado de la comisión de un delito. Tampoco se considerara confiscación el decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes en caso de enriquecimiento ilícito en los términos del articulo 109, la aplicación de los bienes confiscados a favor del estado de bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables, ni las de aquellos bienes cuyo dominio se declare extinto de sentencia".
En lenguaje común la extinción del dominio implica el arrebato de tus bienes, propiedades y pertenencias, sin que seas considerado culpable y sentenciado por ningún delito, bastando que se te considere presunto responsable de delincuencia organizada.
En síntesis:
1. Se pretende elevar a nivel constitucional las graves violaciones a las garantías individuales y derechos humanos, que ya se han materializado en la hasta inconstitucional Ley Federal en contra de la Delincuencia Organizada y . . .
… además se legaliza el hasta hoy inconstitucional régimen de exterminio que existía ya en los Centros de Readaptación Social.
Así con estas Reformas Penales el Estado Mexicano atenta en contra de los derechos civiles que deberían ser irrenunciables con el pretexto de la Seguridad Nacional y la lucha en contra de la violencia organizada, intercambiándola por la libertad sin ninguna vergüenza y entendiéndola como seguridad únicamente para las elites en el poder. La Reforma dice también que se podrá arraigar o incomunicar a un delincuente hasta por 80 días; con esta modificaciones constitucionales y su manera de ver la delincuencia, se le da carta abierta a las autoridades para violentar los derechos humanos de cualquier ciudadano, pudiéndolo obligar a declarar lo que ellos quieran (amenazándolo como bien sabemos con su familia, o amedrentándolo con la tortura y el aislamiento con todo lo que ello implica).
Esta Reforma Judicial y de Seguridad Nacional es mas grave que la llamada Ley Antiterrorista o Acta Patriótica de George Bush, ley que ya pudo ser impugnada y frenada parcialmente, ya que el Acta Patriótica solo es una ley más, supeditada a la Constitución Estadounidense y no una Reforma Constitucional, como las Reformas Penales Constitucionales en nuestro país, que no podrán ser impugnadas, ya que no hay posibilidad de ampararse ante ellas.
La Nueva Reforma Judicial y de Seguridad Nacional forma parte de las leyes que se crean y promueven en nuestro país para eliminar derechos humanos fundamentales que deberían ser irrenunciables, con estas se podrán violar los derechos humanos de cualquier persona a cualquier hora y en cualquier lugar, de tal manera que nadie se podrá sentir seguro y a salvo ni siquiera en su propia casa.
Por otra parte los policías y militares adquieren autoridades y competencias ilimitadas, amen de la corrupción que ya existe en estos cuerpos, estas modificaciones fomentaran la barbarie, el salvajismo y el abuso, favoreciendo, aumentando y convirtiendo en ley, elevada a rango constitucional la impunidad de que ya gozan estos cuerpos represivos y dándole un poder que ninguna institución, poder o autoridad debe tener. De esta manera los golpes de Estado en contra de la democracia se llevan a cabo de manera simulada, invisible y ilenciosa. Por un lado el golpe blanco por medio de la ley en las dos Cámaras, como en el Chile de Salvador Allende en los años 70, y, por otro, el golpe militar con la salida del ejército a las calles, realizando funciones que le corresponden a la policía y eso que todavía no se aprueban las Reformas Penales.
Es por ello que nosotros proponemos que los cuerpos represivos del Estado sean eliminados, ya que hay otras formas alternativas de gobierno, de convivencia y de coexistencia pacífica, tenemos como ejemplo sin salir de nuestro país a las comunidades zapatistas, a las policías comunitarias emanadas del pueblo en Guerrero, Morelos y en Oaxaca a los topiles.
Habría que mencionar que en este contexto el Estado ha tenido un carácter represivo en la forma de responder a los movimientos sociales como bien lo muestra el haber transitado de la represión selectiva y en la sombra en los 70s a la represión masiva y abierta que marca nuestro presente, los ejemplos son: Atenco, Oaxaca, San Luis Potosí, Zimapan, Ayotzinapa, Sicartsa, Pasta de Conchos, Cananea y que quede claro que quienes cometen estas atrocidades gozan de toda la impunidad y protección del régimen , y ahora con la Reforma Judicial ni siquiera tendremos la posibilidad de que sean juzgados por sus crimines, dentro de esta caracterización entran: Ulises Ruiz Ortiz, Zeferino Torreblanca, Enrique Peña Nieto, Miguel Osorio Chon, Juan Sabines, Mario Marín, Marcelo de los Santos, José Reyes Reza, Nazar Haro, Luis Echeverría, Lázaro Cárdenas Batel, Mario Arturo Acosta Chaparro, Francisco Quiroz Hermosillo, Ramírez Acuña, Medina Mora, Wilfredo Robles, Elba Esther Gordillo, etc, con la anuencia y complicidad de Felipe Calderón, además de los que ya murieron sin dar cuenta de las infamias cometidas.
En esta lógica del poder la represión y la violación de los derechos humanos se vuelve norma en el territorio nacional y hoy con esta Reforma Jurídica la transforman en ley constitucional, sin importar el partido que gobierne en los distintos estados, municipios y regiones del país, así un gobierno ilegitimo y débil como el de Calderón tienen que inventar enemigos, internalizar el miedo y por medio de los escenarios de histeria que trasmiten los medios justificar la militarización del país, situación que recrudece y generaliza la violencia, y para prueba solo basta un botón: Calderón cerro su primer año de mandato con 2600 ejecuciones, con decenas de desaparecidos políticos, asesinados, cientos de luchadores sociales encarcelados injustamente y miles de reprimidos y torturados en formas inenarrables por los organismos policíacos y militares que actúan bajo sus ordenes y por la misma debilidad e ilegitimidad de su gobierno lanza como decreto presidencial que los militares permanecerán en las calles hasta el 2012.
Y si nosotros permitimos que estas reformas pasen con el pretexto de
a guerra contra el terrorismo (que en nuestro país ni existe) y la guerra contra el narcotráfico, ellos sellaran la alianza mas peligrosa de criminales: los paramilitares, los militares, la ultraderecha y el gobierno, los cuales se quieren convertir en mecanismos de control de la voluntad popular, lo que se significa y sintetiza en la práctica en un monstruo de mil cabezas.
En síntesis a las autoridades de los tres poderes del Estado Mexicano se les olvida que el pueblo les confirió a ellos un mandato y que están obligados a hacer respetar los derechos y garantías individuales que le confieren protección, cobijo y salvaguardo al pueblo, así como las leyes que los beneficien y les ayuden al desarrollo integral de sus capacidades, dándoles la posibilidad de una vida sana y feliz, por lo cual en el momento que cualquiera vulnere o traicione este mandato, según lo dispuesto en el artículo 39 podrán ser revocados.
Por estas razones consideramos que esta Reforma Judicial y de Seguridad Nacional debe ser frenada en su totalidad, porque pone en riesgo la integridad física, la libertad y la seguridad de las personas, así como la tranquilidad y cobijo que les debe de dar su hogar. Conminamos a los legisladores a reflexionar en su postura sobre esta reforma judicial y a, los ciudadanos a movilizarnos y construir la legalidad, con iniciativas de ley surgidas del pueblo, con el uso de figuras jurídicas como el referéndum y el plebiscito, para no solo derogar esta ley, sino la ley contra el terrorismo y todas las leyes que disfrazadas de Reformas Estructurales han sido elaboradas con el fin de arrebatarnos nuestros recursos naturales y estratégicos para entregarlos al extranjeros, así como para eliminar derechos laborales y sociales que han sido producto de la luchas sociales y consagradas en la Constitución de 1917.
Por todo lo anteriormente expuesto pediremos la intervención de la Comisión Interamericana para derogar la Reforma Penal, ya que el Derecho Internacional en su marco jurídico plantea: Que no se puede retroceder en los beneficios y los derechos humanos que establecen las constituciones o las legislaciones de los países del mundo.
Tiempos legislativos: desde el martes 5 de febrero el PRD pedirá suspensión, se podría discutir el día 12, hacer el Foro antes de ese día, hay posibilidades de tener un tercio si vota todo el PRD, el PT, Convergencia y con otros 8 votos , ya que se necesitan técnicamente 159.
Manifestación y marcha por la Ley de Amnistía y en contra de la Reforma Penal el día 19 de febrero Libertad de los presos políticos y de los desaparecidos, ley de Amnistía y en contra Reforma Penal.
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